sábado, 6 de agosto de 2011

La Voluntad de la Mayoría... ¡Es Democracia!.

Uno de los referentes que tiene todo estudiante de Derecho y Ciencias Políticas; es el respeto por la Constitución Política de su país, en éste caso de nuestro Perú, la que en su nombre, y teniendo en cuenta que ni siquiera había juramentado el actual electo presidente de la república; se ha sancionado con 120 días de inhabilitación sin goce de haber a la congresista fujimorista – Martha Chávez.

Cabe recalcar que para nuestro aniversario patrio; en especial el ocurrido hace pocos días; al tener un cambio de mando, por parte del presidente electo – Ollanta Humala; traería sonrisas como lágrimas para algunos políticos de nuestro entorno; hecho que no pasó desapercibido por los bochornosos incidentes protagonizados por la congresista en mención; en presencia de los actuales mandatarios de nuestros países vecinos; cuando el presidente juramentó por la tan recordada Constitución Política de 1979, que para muchos, fue un obstáculo para la perpetración de los planes de la mafia Fuji – Montesinista.

Si bien es cierto, que en la actualidad nos regimos por la Constitución Política del Perú de 1993; no debemos olvidar que la misma, tuvo su nacimiento dentro de un gobierno de facto, después del auto – golpe del 05 de abril de 1992; mediante el tristemente recordado Congreso Constituyente Democrático; mediante la cual, como ya sabemos, su bancada de ésta congresista, obtenía la mayoría mediante el soborno a miembros de la oposición, lo demás ya es historia conocida.

Debemos tener en cuenta también, que algunos de los actuales electos congresistas fujimoristas, juramentaron por el presidente Alberto Fujimori Fujimori; el mismo que de acuerdo a los principios fundamentales del Derecho Penal; en especial el de “Presunción de Inocencia”; al haber sido éste procesado y sentenciado, con todas las garantías que el sistema procesal peruano exige; e inclusive siendo materia de impugnación la sentencia condenatoria, la misma que fue confirmada por el superior en grado; no haya tenido el mismo rechazo, que para muchos ciudadanos resulta ofensivo, a puertas de un nuevo periodo presidencial; que los padres de la patria, estén juramentando en nombre del autor mediato del delito de Homicidio Calificado – Asesinato con la agravante de alevosía, y Secuestro Agravado bajo la circunstancia agravante de Trato Cruel; que por recordar una constitución derogada, que para muchos, especialemente los entendidos en materia constitucional, no debió cambiarse.

Cabe recordar la crítica de la congresista sancionada, al manifestar que si bien es cierto hubieron 72 votos a favor, 35 en contra y 10 abstenciones; ¡Esto es una declaración de guerra entre bancadas y es una dictadura de la voluntad de la mayoría!; tambien es nuestro deber aclarar dicha situación, teniendo como fundamento uno de los pilares propios en un Estado de Derecho, denominado Democracia; derecho fundamental, por la cual muchos entregaron sus vidas para recuperarla, y otros fueron asesinados en post de protegerla, en el gobierno dictarorial del sentenciado Alberto Fujimori Fujimori o Kenya Fujimori; líder de la bancada de la referida congresista, el que decía ser peruano. Y por último, señalar que una de las actitudes propias de los funcionarios que apoyan a las dictaduras pro intereses personales, es la poca tolerancia al derecho fundamental de Libertad de Expresión de sus opositores; plasmado y estipulado en nuestra, o por que no decir, en su tan preciada y defendida Constitución Política del Perú de 1993, en su artículo 2º inciso 4, siendo una característica de un estado democrático, el respeto por la misma (Libertad de Expresión) de nuestros opositores, salvo mejor parecer.
Abog. Marco Ramírez Casusol.


No hay comentarios:

Publicar un comentario